Cortes de luz: causas, plazos y precio de reconexión

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El corte de luz, también conocido como apagón eléctrico se produce cuando no llega corriente eléctrica a un determinado punto de suministro. Si has sufrido una suspensión del suministro de luz debes saber que esto puede deberse a varias causas. A continuación, las explicamos y te indicamos lo que tienes que hacer para volver a tener luz y cuánto te costará.

¿Por qué se producen los cortes de luz?

Cuando un suministro eléctrico se encuentra en suspensión significa que no llega corriente eléctrica, esta situación provoca un corte en la luz.

Estos cortes pueden deberse a gran cantidad de causas, desde deficiencias o alteraciones en los elementos que forman la instalación eléctrica hasta incumplimientos de contrato por parte del usuario con su distribuidora.

Aunque existen un gran número de razones por los que el usuario puede sufrir la suspensión eléctrica del suministro las más habituales son:

¿Necesitas solucionar una avería en tu hogar?

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Cortes de luz programados

Por norma general, los cortes de luz programados se llevan a cabo cuando se van a realizar trabajos de mejora y mantenimiento de los diferentes elementos que componen la red (líneas, centros de transformación etc.)

Estas tareas son planificadas por las distribuidoras con tiempo y tienen el fin de mejorar la calidad de los servicios eléctricos y garantizar la seguridad de las instalaciones.

Además, en la página web de la mayoría de distribuidoras, existe un apartado en el que se detallan las incidencias a tiempo real, de manera que cualquier usuario puede introducir su municipio y comprobar los avisos de corte luz que hay previstos para su zona.

Contacto con las principales distribuidoras sobre los cortes de luz programados
GestiónTeléfonoBuscador online de incidencias en las luz en tiempo real

Corte de luz Endesa

  • 900 850 840 (Andalucía, Extremadura, Murcia y Castilla La Mancha)
  • 900 848 900 (Aragón, Castilla y León, Galicia, La Rioja, Navarra y Comunidad Valenciana)
  • 900 849 900 (Islas Baleares)
  • 900 855 885 (Islas Canarias)
  • 800 760 706 (Cataluña)

Buscador de cortes de luz programados de Endesa

Corte de luz Iberdrola

900 171 171

Buscador de cortes de luz programados de Iberdrola

Corte de luz Naturgy

900 333 999

Buscador de cortes de luz programados de Naturgy (UFD)

Antes de llevar a cabo un corte de luz programado, las distribuidoras están obligadas a enviar un aviso de corte de luz (con 24 horas de antelación mínimo al día de corte) informando de la hora, el día y de los locales afectados por la suspensión del suministro.

Algunas distribuidoras eléctricas como e-distribución, la compañía distribuidora de Endesa, disponen de un servicio de aviso de corte de luz programado al que los usuarios con una potencia contratada superior a 15 kW pueden suscribirse.

Para que las interrupciones se califiquen de programadas, las distribuidoras deberán solicitar la autorización del órgano competente de energía de la Administración autonómica con una antelación mínima de setenta y dos horas.

Cortes de luz por impago

Cuando el usuario lleva varias facturas de luz impagadas, el procedimiento habitual de la comercializadora es enviar la orden de corte del suministro a la distribuidora. Esta última es la que ejecuta el corte de luz en el punto de suministro.

Eso sí, esta situación es el último recurso que las compañías utilizarán, ya que antes de llegar a este extremo el cliente tendrá varias oportunidades para cancelar la deuda con la comercializadora.

Procedimiento de las compañías antes de cortar la luz por impago

El plazo que tienen los usuarios para pagar una factura de luz es de 20 días naturales desde la emisión del recibo por parte de la comercializadora.

Si transcurrido este tiempo el usuario no ha hecho el abono de la factura, dará comienzo el proceso para realizar el corte de luz en el punto de suministro.

Este procedimiento consiste en el envío de varios avisos al cliente por vía telemática o postal en los que se informa de la situación de impago y de las posibles consecuencias si no se liquida.

  1. Primer aviso de impago: se manda a lo largo de los dos meses siguientes tras haber sido rechazado el primer pago de la factura. En este documento se facilita un nuevo plazo para efectuar el abono del recibo.
  2. Segundo aviso: si no ha habido ningún cambio, la compañía mandará un requerimiento en el que se vuelve a exigir el pago de la factura, esta vez se utilizará un sistema que permita reconocer que el usuario ha sido notificado (como un burofax o una carta certificada).
  3. En caso de que, transcurrido el tiempo que indique esta notificación siga constando como rechazada u omitida, la comercializadora podrá iniciar el procedimiento del corte de luz manera legal (en cualquier momento), tal como se indica en el artículo 85 del Real Decreto 1955/2000.

Cuando existe una factura impagada el tiempo que transcurre durante el envío de todas las notificaciones hasta que la distribuidora corta la luz es aproximadamente de dos meses.

Los plazos indicados anteriormente pueden variar en función del contrato firmado entre comercializadora y usuario. Si un usuario se encuentra en la situación inminente de un corte de luz por impago es recomendable que revise los plazos en su contrato.

Sin embargo, si ya te han cortado la luz a continuación, te indicamos lo que tienes que hacer para poder volver a disfrutar de suministro eléctrico en tu vivienda.

¿Cómo volver a tener luz tras un corte por impago?

Si te han cortado la luz lo primero que debes hacer es ponerte en contacto con tu compañía de manera inmediata.

La comercializadora te exigirá que abones los recibos impagados lo antes posible, ya que una vez que el usuario haga el pago de las facturas pendientes, la compañía tiene un plazo máximo de 24 horas para restablecer el servicio.

Actualmente la mayoría de las comercializadoras permiten hacer el pago de las facturas de la luz directamente por teléfono a través de la tarjeta bancaria.

El hecho de quedarse sin luz por tener facturas impagadas va a suponer un sobrecoste al usuario. Este tendrá que abonar en la siguiente factura, además de lo consumido en el nuevo período de facturación, los derechos de reconexión del suministro.

El coste de reconexión no suele superar los 20 euros, ya que según se indica en el Real Decreto 1955/2000, el usuario deberá abonar una cantidad equivalente al doble de los derechos de enganche: 9,04 € sin iva.

Este procedimiento solo funcionará si no han pasado más de dos meses de la fecha establecida en el último aviso de pago. Ya que, pasado ese tiempo, la compañía dará de baja el suministro de manera definitiva y el usuario tendrá que volver a realizar el alta de luz, con todos los gastos que esto conlleva.

¿Cuánto cuesta dar de alta la luz?

Cortes de luz por averías

Las averías en las instalaciones eléctricas que pueden generar un corte de luz son situaciones imprevistas que pueden ocurrir en un único punto de suministro (de una vivienda, oficina o de una comunidad de vecinos) o directamente en la red de distribución (lo que afectará a más de una vivienda)

  • Causas comunes que influyen un corte de luz por avería
  • Sobrecargas del sistema eléctrico
  • Factores meteorológicos: como fuertes tormentas, nevadas, lluvías o granizo.
  • Incendios.
  • Fauna y vegetación: aves o ramas de árboles que impactan con las línes provocando que los elementos de seguridad de las propias redes interrumpan el suministro.
  • Picos puntuales de gran demanda eléctrica.
  • Deficiencias en los sistemas de de distribución de la compañía distribuidora de zona.
  • Rotura o daños de algunos elementos en la cadena de suministro como la red de transporte o la central de generación.

Independientemente de la causa que haya provocado el corte de luz, lo primero que debe hacer el usuario es averiguar si la incidencia se da únicamente en su suministro o en la red de distribución.

Para ello, basta con comprobar si la luz se ha ido solo en la vivienda o si también el resto de inmuebles más cercanos se encuentran sin electricidad.

Corte de luz por avería en un único punto de suministro

Cuando el corte afecta únicamente a la vivienda, por lo general, o se ha superado la potencia máxima contratada o existe una avería en la instalación eléctrica de la vivienda.

En este último caso, el usuario tendrá que informar a su compañía de luz del problema y contactar lo antes posible con un servicio técnico acreditado para la revisión de la instalación.

Corte de luz por incidencias en la red

Si varios puntos de suministro se quedan sin luz significa que el problema radica en el sistema de distribución y es tarea de la distribuidora arreglarlo.

Es importante tener en cuenta que, parte de los costes regulados incluidos en la factura eléctrica se destinan a pagar a las distribuidoras para garantizar la calidad y el mantenimiento del suministro eléctrico.

Los usuarios que sufran esa situación deben ponerse en contacto inmediatamente con la distribuidora para informarle del hecho. En cuanto la compañía reciba el aviso, procederá a localizar la incidencia para restablecer el servicio lo antes posible.

Reporta tu corte de luz

  • Abengibre - 02250
  • Agost - 03698
  • Agres - 03837
  • Aigües - 03569
  • Alatoz - 02152
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Consulta cortes de luz en tu provincia

  • Albacete
  • Alicante
  • Almería
  • Asturias
  • Badajoz
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En algunas circunstancias especiales los usuarios podrán reclamar a la compañía y dependiendo del caso, esta se puede ver obligada a indemnizar a los usuarios por daños causados con descuentos en las siguientes facturas.

Me han cortado la luz hoy ¿qué tengo que hacer?

Si te han cortado hoy la luz lo primero que debes hacer es averiguar el motivo por el que tu instalación no dispone de suministro.

En el caso de que sea un corte de luz por impago, deberás abonar las facturas inmediatamente lo que te permitirá tener luz en un plazo máximo de 24 horas.

Si la luz se ha ido solo en tu vivienda, la incidencia se encuentra localizada en la instalación interna, por lo que antes de nada, habrá que revisar si han saltado las protecciones del cuadro eléctrico o el ICP.

El Interruptor de Control de Potencia es el dispositivo encargado de cortar el suministro cuando se sobrepasa la potencia eléctrica contratada, lo que se entiende coloquialmente como "saltar los plomos".

Cuando se produce un corte de luz por este motivo, el usuario deberá esperar unos 30 segundos antes de volver a conectarlo nuevamente y disfrutar de suministro eléctrico.

Si esto ocurre de manera habitual es recomendable aumentar la potencia eléctrica para evitar los continuos apagones.

En el caso de que todos los interruptores del ICP estuvieran conectados y no tengas ninguna factura impagada con la compañía, debes ponerte en contacto inmediatamente con tu distribuidora ya que el fallo puede deberse a una avería en la red o a un corte de luz programado.

¿Me pueden cortar la luz sin previo aviso?

Por norma general las compañías deben informar al usuario mediante un aviso antes de suprimir el suministro eléctrico.

Solo existen unas causas excepcionales en las que la distribuidora podrá cortar el suministro de forma inmediata:

  • Causas de suspensión del suministro eléctrico de manera inmediata
  • Cuando se haya realizado un enganche directo sin previo contrato.
  • Cuando se establezcan derivaciones para suministrar energía a una instalación no prevista en el contrato
  • Cuando se manipule el equipo de medida o control o se evite su correcto funcionamiento
  • En el caso de instalaciones peligrosas

Si el punto de suministro se encuentra en cualquiera de los casos anteriores, la distribuidora cortará la luz y comunicará la incidencia a la Administración competente.

Por ello todos los usuarios que detecten que se ha producido una situación ilegal en lo referente a su instalación eléctrica o a su contador deben denunciarlo de inmediato.

¿Cómo denuncio un corte de luz?

Aunque la mayoría de usuarios no lo sepan, por ley, todas las personas que sufran cortes de luz superiores a 3 minutos por circunstancias ajenas a ellos, tienen derecho a percibir una indemnización por parte de la distribuidora en forma de compensación económica.

Según el artículo 105 del Real Decreto 1995/2000 estas interrupciones se saldarán con el usuario aplicando en su factura un descuento acorde al tiempo que el servicio haya permanecido inactivo.

Además el usuario podrá reclamar a la compañía otros conceptos derivados del corte de luz como:

  1. Aparatos eléctricos que se hayan visto afectados por el corte de luz
  2. Alimentos y comestibles que hayan sufrido daños por la suspensión del suministro

El importe indemnizado por parte de la distribuidora al cliente, en ningún caso podrá superar el 10% de la facturación anual del usuario.

Todo los usuarios que quieran presentar una reclamación formal con cualquier compañía deberán ponerse en contacto con su distribuidora. Si lo consideran necesario, también podrán dirigirse a la delegación del Ministerio de Industrial de la comunidad autónoma en la que resida o bien a una Oficina de Atención al Consumidor.