Qué es el bono social eléctrico, requisitos y cómo solicitarlo
El bono social de electricidad es una prestación concedida por el Gobierno que ayuda a los colectivos con menos recursos a pagar sus facturas de luz. Según si eres consumidor vulnerable, vulnerable severo, o con riesgo de exclusión social, tendrás un descuento u otro.
¿Puedo acceder al Bono Social?
Con la aplicación online gratuita de Selectra, podrás comprobar si tienes derecho al bono social y cuánto descuento te corresponde.
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¿Qué es el bono social de la luz?
El bono social de luz o bono social eléctrico es una ayuda directa del estado español que se aplica en forma de descuento en los recibos de la luz, y que sirve para ayudar a las personas o consumidores más vulnerables desde un punto de vista socioeconómico.
¿Cuáles son los descuentos del bono social?
La deducción del bono social eléctrico variará en función de la situación en la que se encuentre el consumidor, pudiendo ser del:
- 50 % para personas en riesgo de exclusión social.
- 65 % para consumidores vulnerables.
- 80 % para consumidores vulnerables severos.
Esta ayuda se aplicará en la factura siguiente tras recibir la aceptación de la ayuda por parte de la Comercializadora de Referencia. Una vez sea aprobada, tendrá una duración de 2 años y podrá prorrogarse solicitando la renovación.
Nuevas Medidas de Apoyo ante la Subida de la Luz (Hasta el 30 de junio de 2025)
A causa de la crisis energética, se han implementado varias medidas en el bono social de luz y también de gas para aliviar la carga en los consumidores. A continuación, se resumen las principales:
- Ampliación del Bono Social:
- Personas con ingresos anuales entre 12.159,42 € y 27.720 € podrán solicitar el nuevo bono social de luz.
- Para el bono social térmico, la ayuda mínima por familia es de 40 €.
- Se extiende hasta junio de 2024 la prohibición de cortar el suministro a los beneficiarios del bono social térmico.
- Descuentos Mejorados para Consumidores Vulnerables:
- Descuento del 65% para consumidores vulnerables (antes 25%).
- Descuento del 80% para consumidores vulnerables severos (antes 40%).
Evolución de los Descuentos del Bono Social
Los descuentos del bono social experimentarán una reducción gradual hasta junio de 2025, aunque seguirán siendo superiores a los originales antes de la crisis. La evolución de los descuentos es la siguiente:
- 1 de julio al 30 de septiembre de 2024:
- 65% para consumidores vulnerables.
- 80% para consumidores vulnerables severos.
- 1 de octubre al 31 de diciembre de 2024:
- 57,5% para consumidores vulnerables.
- 72,5% para consumidores vulnerables severos.
- 1 de enero al 31 de marzo de 2025:
- 50% para consumidores vulnerables.
- 65% para consumidores vulnerables severos.
- 1 de abril al 30 de junio de 2025:
- 42,5% para consumidores vulnerables.
- 57,5% para consumidores vulnerables severos.
- A partir del 1 de julio de 2025:
- 35% para consumidores vulnerables.
- 50% para consumidores vulnerables severos.
¿Cuáles son los requisitos para solicitar el bono social de la luz?
Para disfrutar de este subsidio, las personas que soliciten el bono social deberán cumplir con una serie de condiciones:
- El titular del contrato de luz debe ser quien solicite esta prestación.
- El inmueble para el que se solicita la ayuda debe ser la primera residencia.
- Debe tener contratada la tarifa de Precio Voluntario al Pequeño Consumidor del mercado regulado.
- Contar con una potencia eléctrica contratada igual o inferior a 10 kW.
¿Quiénes pueden solicitar el bono social de la luz?
Existen colectivos que pueden acceder directamente al bono social, independientemente de su nivel de renta: familias numerosas y pensionistas, bien por jubilación o por incapacidad permanente.
¿Qué colectivos pueden pedir el bono social eléctrico?
A continuación, se muestran las características y umbrales económicos establecidos para cada grupo. Cabe destacar que los requisitos de renta han sido establecidos en función del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), siendo este es de 8.400 € actualmente (7.200 euros si se excluyen las pagas extras).
Consumidor vulnerable
Para recibir esta deducción será necesario encontrarse en alguna de las siguientes situaciones:
Usuario | Límite de renta anual en situación general | Límite de renta anual en situación especial (discapacidad, violencia de género, etc) |
---|---|---|
1 adulto sin menores * | 12.600 € anuales | 21.000 € anuales |
2 adultos sin menores * | 15.120 € anuales | 23.520 € anuales |
2 adultos y 1 menor * | 19.320 € anuales | 27.720 € anuales |
2 adultos y 2 menores | 23.520 € anuales | 31.920 € anuales |
Familia numerosa | Sin límite de renta | Sin límite de renta |
Pensionistas con prestaciones mínimas ** | A partir de 8.400 € y 500 € anuales adicionales de otros ingresos | Sin límite de renta |
*Por cada adulto adicional que forme parte de la unidad familiar, se añadirá 0,3 puntos al IPREM. Por cada menor, se sumarán 0,5 puntos.** La pensión mínima en España en 2024 en 14 pagas es de 7.250€ anuales, y se tiene en cuenta la pensión de cada miembro de la unidad familiar.
Los límites establecidos incrementan en 1 punto el IPREM (8.400 €) para aquellas personas en circunstancias especiales. Estas pueden aplicarse cuando el consumidor o alguno de los miembros de la familia:
- Tenga una discapacidad reconocida igual o superior al 33 %. Así, aunque no exista un bono social para discapacitados, es una situación especial a tener en cuenta.
- Acredite ser víctima de violencia de género.
- Tenga condición de víctima de terrorismo.
- Se encuentre en situación de dependencia reconocida, en grado II o III.
- Sea una familia monoparental, es decir, formada por un único progenitor y, al menos, un menor.
Consumidor vulnerable severo
Este colectivo está conformado por aquellos que perciben una renta anual inferior o igual al 50 % de los umbrales establecidos para ser considerado consumidor vulnerable. La diferencia entre un consumidor vulnerable y uno vulnerable severo son los ingresos anuales.
Usuario | Límite de renta anual en situación general | Límite de renta anual en situación especial (discapacidad, violencia de género, etc) |
---|---|---|
1 adulto sin menores * | 6.300 € anuales | 10.500 € anuales |
2 adultos y sin menores | 7.560 € anuales | 11.760 € anuales |
2 adultos y 1 menor * | 9.660 € anuales | 13.860 € anuales |
2 adultos y 2 menores * | 11.760 € anuales | 15.960 € anuales |
Familia numerosa | 16.800 € anuales | Sin límite de renta |
Pensionistas con prestaciones mínimas ** | 8.400 € anuales y 500 € anuales adicionales de otros ingresos | Sin límite de renta |
*Por cada adulto adicional que forme parte de la unidad familiar, se añadirá 0,3 puntos al IPREM. Por cada menor, se sumarán 0,5 puntos. ** La pensión mínima en España en 2024 en 14 pagas es de 7.250€ anuales, y se tiene en cuenta la pensión de cada miembro de la unidad familiar.
Consumidor en riesgo de exclusión social
Se consideran consumidores en riesgo de exclusión social aquellos que son reconocidos como consumidores vulnerables severos y que, a su vez, son atendidos por los servicios sociales de una Administración Pública (autonómica o local), la cual financia al menos el 50 % del importe de la factura de luz PVPC.
No se permitirá la suspensión del suministro a los beneficiarios del bono social que:
- Sean considerados consumidores vulnerables en riesgo de exclusión social.
- Tengan en su unidad familiar, al menos, un menor de 16 años.
- Tengan en su unidad familiar alguna persona con dependencia reconocida de grado II o III.
- Tengan en su unidad familiar alguna persona con discapacidad reconocida igual o superior al 33 %.
¿Cómo se realiza la solicitud del bono social de electricidad?
Para acceder a esta ayuda económica, el usuario deberá ponerse en contacto con su Comercializadora de Referencia, complementar el formulario de solicitud de bono social correspondiente y adjuntar la documentación que acredite las condiciones requeridas.
Contacta con la comercializadora: la petición podrá hacerse efectiva por teléfono, correo electrónico, correo postal, fax o acudiendo directamente a alguna de las oficinas de la compañía, en caso de que dispongan de esa opción.
Comercializadora | Teléfono | |
---|---|---|
Curenergía | 800 760 719 | bonosocial@curenergía.es |
Energía XXI | 800 760 333 | bonosocial@energiaxxi.com |
Comercializadora Regulada | 900 100 283 | bonosocial@comercializadoraregulada.es |
Baser | 900 902 947 | bonosocial@basercor.es |
CHC COR | 900 814 023 | bonosocial@corenergetico.es |
Régsiti | 900 10 10 05 | bono-social@regsiti.com |
Teramelcor | 800 00 79 43 | bonosocial@teramelcor.es |
Energía Ceuta XXI | 900 106 004 | bonosocial@energiaceutaxxi.com |
Cumplimentar el formulario: cada Comercializadoras de Referencia ofrece un formulario distinto para realizar la solicitud del bono social, aunque la información a cumplimentar son los mismo. Por ello, será necesario descargar y rellenar el impreso correspondiente según la compañía contratada.
Formulario Bono Social Iberdrola (Curenergía)
Formulario Bono Social Naturgy (Gas & Power)
Formulario Bono Social Endesa (Energía XXI)
Formulario Bono Social Régsiti (grupo Repsol)
Formulario Bono Social TotalEnergies (Baser)
Formulario Bono Social CHC Energía (CHC COR)
Adjunta la documentación necesaria: tal y como se ha indicado previamente, el formulario deberá ir acompañado de toda aquella documentación que demuestre que el usuario cumple con los requisitos para beneficiarse del bono social. Es necesario tener en cuenta que la información requerida variará según las características de la unidad familiar.
- Documentación necesaria para el bono social
- DNI del titular del contrato, solicitante de la ayuda.
- Libro de familia.
- DNI de los menores de 14 años que formen parte de la unidad familiar.
- Certificado de empadronamiento de los miembros de la unidad familiar.
- Título de familia numerosa, en caso de que exista esta condición.
- Certificado de la Seguridad Social si se percibe una pensión mínima. En este caso, no existe una ayuda energética específica para pensionistas, pero recibir la pensión mínima te clasifica automáticamente como consumidor vulnerable severo, lo que te permite acceder a los beneficios del bono social.
- Certificados de los servicios sociales en caso de discapacidad igual o superior al 33 %, para aquellas personas víctimas de violencia de género o víctimas de terrorismo.
Asimismo, la comercializadora podría necesitar otros documentos, como la copia de la última declaración de la Renta, así como el certificado de imputaciones del IRPF que refleja los ingresos de cada persona de la unidad familiar durante el ejercicio anterior.
Espera la aceptación de la comercializadora: una vez realizados todos los trámites mencionados, el usuario recibirá respuesta de la comercializadora en un plazo máximo de 5 días.
¿Cómo puedo renovar el bono social de la luz?
El bono social de la luz tiene una duración de 2 años, por lo que el cliente deberá solicitar una renovación del mismo justo antes de la finalización de dicho periodo. No obstante, existe una excepción con las familias numerosas, quienes disfrutarán del bono social tanto tiempo como dure esta última condición.
De esta manera, aunque no hay bono social para familias numerosas como tal, es una condición que les hace automáticamente beneficiarias de esta ayuda pública.
La renovación del bono social deberá realizarse 15 días antes de que finalicen los dos años de validez. ¿No sabes cuándo caduca tu bono? La comercializadora informará de la conclusión del bono social en la factura previa al fin del plazo.
Si se superara la fecha límite para renovar el bono social, el consumidor tiene la posibilidad de volver a realizar la petición. Cabe resaltar que, en caso de que cambiara la situación económica y social de los beneficiarios de la subvención se deberá contactar con la comercializadora en un plazo máximo de un mes desde que se produzca el cambio.
¿Cuál es el límite de consumo para el bono social?
A pesar de que el bono social de luz se aplica a la totalidad de la factura, existe un límite de consumo anual (kWh consumidos). Si se sobrepasa el margen establecido, la energía restante se cobra al precio de la tarifa PVPC, sin descuento.
Situación familiar | Límite mensual | Límite anual |
---|---|---|
Familia sin hijos | 132,25 kWh | 1.587 kWh |
Familia con un menor | 185,16 kWh | 2.222 kWh |
Familia con dos menores | 224,83 kWh | 2.698 kWh |
Familias numerosas | 396,75 kWh | 4.761 kWh |
Pensionistas | 160 kWh | 1.932 kWh |
¿Cómo calcular el descuento del bono social en tu factura?
En la factura de luz, el bono social se aplica sobre el término de potencia y sobre el término de consumo. Esto quiere decir que el descuento que nos corresponda, sea de un 65 % o un 80 %, se realizará sobre el total de ambas cuantías.
Rellena el formulario para saber si puedes solicitar esta subvención gracias a la calculadora de bono social.
A continuación, realizamos un ejemplo sobre cómo se calcula el descuento del bono social, tanto para consumidores vulnerables como para consumidores vulnerables severos.
Calcula tu descuento de bono social en la factura eléctrica
Consumidores vulnerables: recibirán un 57,5 % de descuento. El primer paso es sumar los importes del término de potencia y consumo marcados en la factura. Mostramos un ejemplo en el que el término potencia tiene un coste de 3,50 € y el término energía de 22,35 €.
▷ 3,50 € + 22,35 € = 25,85 €
Una vez que se obtiene el importe total de estos conceptos, se multiplica el resultado por 0,575.
▷ Descuento en el bono social: 25,85 x 0,575 € = 14,86 €
Por tanto, a la factura de luz se le restará 14,86 €, correspondientes al bono social. Es preciso tener en cuenta que, después de aplicar el descuento, se sumarán los impuestos correspondientes y el IVA.
Consumidores vulnerables severos: recibirán un 72,5 % de descuento. Al igual que en el caso previo, se deberá sumar el importe de los términos de potencia y consumo. Tomando los datos previos, el resultado de dicha suma es de 25,85 €, por lo que para calcular el descuento debemos multiplicar ese importe por 0,80.
▷ Descuento en el bono social: 25,85 x 0,725 € = 17,74 €
Al consumidor vulnerable severo de este ejemplo se le deducirá en su factura de luz 18,74 € correspondientes al bono social. Tras aplicar el descuento, a esta cuantía se sumarán los impuestos correspondientes y el IVA.
¿Puedo pedir también el bono social térmico?
El bono social térmico es un ingreso único anual destinado a sufragar el gasto en combustible para la calefacción, independientemente de la energía utilizada para ello. Esta ayuda se otorgará automáticamente a los beneficiarios del bono social eléctrico.
La cantidad a percibir dependerá de diferentes factores, como puede ser el grado de vulnerabilidad del beneficiario, así como las condiciones climáticas del lugar de residencia, aunque el mínimo garantizado es de 40 € anuales.