¿Qué tipo de potencia puedo contratar?
La potencia eléctrica determina el número de aparatos eléctricos que se pueden conectar en una vivienda de manera simultánea y define lo que pagaremos de término fijo todos los meses.
Indice :
Potencia contratada para mi hogar
Todos los usuarios al dar de alta el suministro de luz deben contratar una potencia eléctrica para su vivienda o local. Esta es la que determina el número de aparatos eléctricos que se podrán conectar a la vez. La potencia eléctrica o potencia contratada es el término fijo de la factura. es decir, la cantidad que el consumidor deberá pagar independientemente del consumo que realice.
Conocer la potencia eléctrica adecuada es necesario ya que forma la parte fija de la factura y evitará que el consumidor tenga que pagar de más en el recibo de la luz o sufrir continuos cortes en el suministro si la potencia contratada no es suficiente. Si se contrata una potencia distinta a la necesaria habrá que realizar un cambio en la potencia eléctrica con su desembolso correspondiente.
Potencias eléctricas reguladas
En 2006, el Ministerio de Industria reguló las potencias eléctricas fijando unas potencias normalizadas. Estas son comunes para todas las comercializadoras y los consumidores deben acogerse a una a la hora de dar de alta el suministro eléctrico.
Desde ese momento, los consumidores que den de alta la luz o deseen cambiar de potencia, ya sea aumentar la potencia o reducirla, deberán contratar una de las potencias normalizadas.
Intensidad ICP (Amperios) | Monofásica | Trifásica |
---|---|---|
5.0 | 1.15 kW | 3.464 kW |
7.5 | 1.725 kW | 5.196 kW |
10 | 2.3 kW | 6.928 kW |
15 | 3.45 kW | 10.392 kW |
20 | 4.6 kW | 13.856 kW |
25 | 5.75 kW | 17.321 kW |
30 | 6.9 kW | 20.785 kW |
35 | 8.05 kW | 24.249 kW |
40 | 9.2 kW | 27.713 kW |
45 | 10.35 kW | 31.177 kW |
50 | 11.5 kW | 34.641 kW |
63 | 14.49 kW | 43.648 kW |
¿Cómo calcular la potencia eléctrica necesaria?
Antes de contratar cualquier potencia eléctrica los consumidores deben conocer que cantidad de kW necesitan en su vivienda para evitar tener que estar aumentando o disminuyendo la potencia. Para realizar este calculo tienen dos vías:
- Electricista: un técnico cualificado se desplazara hasta el domicilio y realizará una estimación fiable de la potencia necesaria.
- Estimador de potencia: a través de una calculadora de potencia y facilitando el número de electrodomésticos de la vivienda se obtendrá una estimación aproximada.
¿Se puede aumentar la potencia eléctrica?
En ocasiones, la potencia contratada por los consumidores puede no ser suficiente, ya sea porque en su día se contrató una potencia insuficiente o porque las necesidades del usuario han cambiado. Si la potencia contratada no es suficiente se producirán cortes en el suministro continuamente, saltará el ICP cada vez que se conecten muchos electrodomésticos. En estos casos, será necesario aumentar la potencia eléctrica.
Para realizar este proceso los usuarios deberán ponerse en contacto con la comercializadora y solicitar el aumento de la potencia, acogiéndose a una de las potencias eléctricas normalizadas.
Aumentar la potencia conlleva una serie de gastos en función de los kilovatios extra que el consumidor desee contratar. A la hora de aumentar la potencia los usuarios deben pagar los siguientes conceptos:
- Derechos de acceso: 19.70€/kW + IVA
- Derechos de extensión: 17,37€/kW + IVA
- Derechos de enganche: 9.04 €/actuación + IVA
Además de los conceptos que conlleva el aumento de la potencia eléctrica, los clientes deben tener en cuenta que esto supondrá un aumento en la factura de la luz.
¿Cómo disminuir la potencia eléctrica?
También se puede dar el caso contrario y que los consumidores tengan contratada una potencia superior a la que necesitan. En estos casos estarán pagando por energía que no utilizan y las facturas eléctricas se verán encarecidas, por lo que deberá reducir la potencia contratada.
Como ocurre al contratar más potencia, los usuarios deben ponerse en contacto con la comercializadora para iniciar los trámites de reducción de potencia. En este caso, los clientes deberán pagar los derechos de enganche, independientemente del salto que realicen en la potencia.
- Derechos de enganche: 9.04 euros +IVA
Los consumidores deberán disponer de un certificado de instalación eléctrica en vigor, a la hora de realizar los cambios en la potencia para asegurarse que la instalación admite la nueva potencia contratada.
¿Qué documentos son necesarios para el cambio de potencia?
El cambio de potencia es un trámite que solo se puede realizar una vez al año, es decir los consumidores únicamente podrán aumentar o disminuir la potencia eléctrica de su vivienda una vez cada doce meses. Para ello será necesario ponerse en contacto con la distribuidora y facilitar una serie de datos.
- Datos del titular del suministro.
- Dirección completa del punto de suministro.
- Potencia actual y la nueva a contratar.
- Código Universal del Punto de Suministro (CUPS).
- Cuenta bancaria vinculada al suministro.
Se estima un plazo de 15 a 20 días hábiles para realizar el cambio de potencia por parte de la distribuidora, dado que un técnico debe desplazarse hasta la vivienda y adaptar el ICP a la nueva potencia.