Precio del Alta de luz con Endesa
El coste del alta de la luz se encuentra regulado por el gobierno en los derechos de alta y es el mismo en todas las distribuidoras de luz. El cliente tendrá que abonar estos derechos al activar un nuevo suministro de electricidad o al reactivar un suministro que cursó baja.
Los derechos de alta de luz se componen de tres tipos de derechos: los de extensión, los de acceso y los de enganche. Los de extensión y acceso tienen un precio que depende directamente de los kilovatios contratados, mientras que el derecho de enganche tiene siempre un precio fijo.
Por ello, activar el suministro eléctrico con Endesa implica pagar un precio regulado que variará en función de la potencia eléctrica máxima que contraten.
A continuación se detalla el precio general de estos derechos (sin IVA):
| Concepto | Cantidad |
|---|---|
| Derechos de extensión | 17,37 €/kW |
| Derechos de acceso | 19,70 €/kW |
| Derechos de enganche | 9,04 € |
¿Cuánto cuesta el Alta de luz por primera vez con Endesa?
Un alta nueva se refiere a todas las altas que se produzcan en locales o viviendas donde nunca antes ha habido suministro. En las altas nuevas los derechos de extensión se pagarán de manera íntegra, ya que nunca antes se han pagado.
En la siguiente tabla se muestra el importe exacto de las altas nuevas que tendrán que pagar los consumidores a Endesa, dependiendo de la potencia eléctrica que contraten, siendo las más comunes:
| Potencia contratada | Precio a pagar por activar la luz con Endesa |
|---|---|
| 3,45 kW | 136,93 € |
| 4 kW | 157,32 € |
| 4,4 kW | 172,15 € |
| 4,6 kW | 179,57 € |
Precios sin IVA incluido.
¿Cuánto cuesta el alta de luz en una vivienda de alquiler?
El alta con Endesa en viviendas de alquiler o de segunda mano también tendrá un coste, pero este no siempre incluirá los derechos de extensión. Si la vivienda ha permanecido sin electricidad un tiempo inferior a tres años, el usuario no tendrá que abonar este derecho.
En la siguiente tabla se muestra el importe exacto que tendrán que pagar los consumidores en una vivienda de alquiler o de segunda mano, dependiendo de la potencia eléctrica que contraten y contando con que los derechos de extensión están vigentes y no es necesario abonarlos:
| Potencia contratada | Precio del alta de luz con Endesa (sin IVA) | Precio del alta de luz con Endesa (con IVA) |
|---|---|---|
| 3,45 kW | 61,59 € | 77,05 € |
| 4,6 kW | 79,90 € | 90,67 € |
| 5,75 kW | 99,87 € | 120,84 € |
| 6,9 kW | 119,85 € | 145,01 € |
| 8,05 kW | 139,82 € | 169,18 € |
| 9,2 kW | 151,07 € | 191,24 € |
Precio del alta de luz en Endesa con impago
Cuando un usuario entra en una vivienda o local de segunda ocupación, una de las primeras cosas que hay que hacer antes de dar el alta de la luz es determinar por qué no hay luz en ese espacio.
Los cortes de suministro por impago conllevan a dos situaciones: que la deuda quede adherida al usuario que no pagó los recibos de luz o que la deuda quede asociada al punto de suministro.
Deuda asociada al punto de suministro:
El problema se produce cuando la deuda está asociada al punto de suministro ya que el nuevo inquilino no podrá dar de alta el suministro hasta que se haya cerrado el expediente.
Para ello el nuevo inquilino deberá ponerse en contacto con la distribuidora con el fin de conocer el estado del expediente por impago, si se encuentra cerrado o, por el contrario, aún en vías de resolución.
Deuda asociada al anterior usuario:
Esto significa que el anterior inquilino no hizo frente a algún pago relacionado con la luz, por lo que la comercializadora indicó a la distribuidora que cortara el suministro.
La suspensión del suministro se debe a una deuda contraída por el anterior inquilino, por lo que existe un contrato ATR en vigor pero en una situación de impago.
En este caso no será necesario realizar un alta nueva, sino un cambio de titular del contrato existente con la comercializadora pero sin subrogación de pago (de esta manera el nuevo titular queda eximido de la deuda contraída por el anterior titular.
Es muy importante mencionar este aspecto a la comercializadora, ya que de lo contrario, es posible que la comercializadora mantenga la deuda al nuevo inquilino, quien tendrá que asumir el impago que había pendiente.
Para pedir un cambio de titular de contrato con subrogación de pago, el cliente deberá presentar:
- Contrato de arrendamiento: en el caso de que se trate de un piso en alquiler.
- Contrato de compraventa: si se trata de una compra de una vivienda de segunda mano.
Si posteriormente el cliente no quiere seguir manteniendo la tarifa PVPC, el cliente puede cambiarse a una comercializadora del mercado libre sin ningún problema.
¿A quién se le abonan los costes del alta de luz con Endesa?
Tras solicitar el alta con Endesa, hay que contratar a la comercializadora, la compañía con la que el cliente elegirá el tipo de tarifa de luz.
Será la comercializadora la encargada de remitir en la primera factura al cliente estos costes de alta, pero es la distribuidora quien realmente le corresponden y quien finalmente los percibirá.
Si mi distribuidora es Endesa, ¿tengo que contratar con ellos la luz?
Aunque Endesa dispone de su propia comercializadora, el cliente podrá contratar la luz con cualquier otra compañía. Además, podrá elegir el tipo de tarifa que mejor se ajuste a su perfil. La tarifa PVPC de Endesa en el mercado regulado o tarifas de Endesa en el mercado libre (con o sin discriminación horaria).