Potencias contratadas normalizadas

Las potencias contratadas son las mismas para todas las comercializadoras eléctricas españolas. Dar de alta un nuevo suministro, bajar o subir la potencia eléctrica obliga al usuario a elegir una de las potencias contratadas normalizadas desde 2006.


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¿Para qué sirve la potencia contratada?

La potencia contratada es la cantidad máxima de kilovatios (kW) que podemos conectar a un mismo tiempo en nuestra casa. Ésta se acuerda con la comercializadora cuando se da el alta de luz y dependerá de la cantidad de aparatos eléctricos que utilicemos en nuestro hogar simultáneamente.

Si la potencia contratada es insuficiente será habitual que salten los plomos, también conocidos como Interruptor de Control de Potencia (ICP). En este caso, se cortará el suministro eléctrico momentáneamente hasta que lo reactivemos.

Por este motivo, es importante que cuando contratemos la luz con una compañía eléctrica estimemos cuál es la potencia normalizada que necesitaremos en nuestra vivienda o local.

¿Cómo puedo calcular mi potencia contratada?

Cada vivienda necesita una potencia contratada diferente, dependiendo de sus necesidades. Por lo tanto, no todos los hogares tienen la misma potencia. Para calcular la potencia contratada de tu vivienda puedes emplear cualquiera de estos métodos:

  1. Utilizar unacalculadora de potencia, que realiza el cálculo en base a los electrodomésticos y metros cuadrados de la vivienda que le indiquemos
  2. Contratando a un electricista para que realice una estimación de la potencia de nuestra vivienda según las condiciones de instalación y los aparatos eléctricos que utilicemos simultáneamente
  3. Enchufar cada aparato eléctrico uno por uno para poder medir el término de potencia que consume cada uno de ellos

Si tu vivienda dispone de aire acondicionado o calefacción eléctrica necesitará una potencia superior, ya que estos aparatos tienen un mayor consumo

¿Dónde aparece la potencia contratada en mi factura eléctrica?

La potencia contratada aparece en todas las facturas eléctricas con el concepto “potencia” o “término de potencia”. En este término será donde aparezca indicada la potencia que tenemos contratada en nuestra vivienda, que se deberá multiplicar por el precio del kW que hayamos pactado con la comercializadora.

De ahí saldrá el término fijo que se nos cobra cada mes en la factura de la luz, independientemente del consumo eléctrico que realicemos. Cuanta más potencia contratada se tiene, más se cobrará por el término fijo de la factura eléctrica.

¿Cuáles son las potencias contratadas normalizadas?

Ahora se puede contratar la potencia eléctrica en tramos de 0,1 kW, sin necesidad de acudir a los tramos normalizados, que, sin embargo, se pueden seguir contratando.

Tras regulación del Ministerio de Industria en 2006, las potencias quedaron normalizadas, tanto para instalaciones monofásicas como trifásicas, y pasaron a ser las mismas para todas las comercializadoras.

En la siguiente tabla podemos conocer las potencias contratadas normalizadas que existen actualmente:

Intensidad ICP (Amperios) Instalación monofásica Instalación Trifásica
15 3.45 kW 10.392 kW
20 4.6 kW 13.856 kW
25 5.75 kW 17.321 kW
30 6.9 kW 20.785 kW
35 8.05 kW 24.249 kW
40 9.2 kW 27.713 kW
45 10.35 kW 31.177 kW
50 11.5 kW 34.641 kW
63 14,49kW 43,648kW

Cualquier usuario que quiera aumentar o disminuir su potencia o contratar un nuevo suministro eléctrico tendrá que acogerse a las potencias normalizadas.

También existen ciertas tarifas eléctricas en las que las comercializadoras exigen que el cliente tenga ya una potencia contratada normalizada.

¿Cómo puedo modificar mi potencia contratada normalizada?

El cambio de la potencia contratada puede hacerse en cualquier momento. Eso sí, cualquier variación en el término de potencia tendrá un coste que se pagará a la distribuidora de la zona a través de la próxima factura de la luz.

Tanto si quieres subir como bajar la potencia, un técnico autorizado por la distribuidora será quien acuda a tu vivienda para cambiar el ICP.

Precio por reducir potencia contratada

Reducir la potencia contratada es más barato que aumentarla. Debes tener cuidado con no disminuir demasiado la potencia contratada, puesto que sólo podrás realizar un cambio de potencia al año.

Si no es la potencia adecuada y el ICP salta habitualmente, provocando cortes en el suministro, no podrás volver a modificar tu potencia hasta dentro de un año.

El coste por reducir la potencia contratada se pagará a través de la próxima factura eléctrica y se detallará de la siguiente manera:

  • Derechos de enganche = 9.04€ + IVA
 

Precio aumentar potencia contratada

Aumentar la potencia contratada también tiene un precio establecido. Al igual que pasa con la reducción de potencia, habrá que abonarle este coste a la distribuidora, independientemente de cuál sea la comercializadora, en la siguiente factura que nos llegue al domicilio.

El precio por aumentar la potencia contratada vendrá detallado de la siguiente manera:

  • Derechos de extensión: 17.37€/kWh + IVA
  • Derechos de acceso: 19.40€/kWh + IVA
  • Derechos de enganche: 9.04€/kWh + IVA

El aumento de potencia requiere que se paguen estos tres derechos por cada kW de más que contratemos. Es decir, que si pasamos de 3.45kW a 5.75kW, habrá que pagar estos tres derechos por la cantidad de kW contratados.

¿Cuánto tardan en obtener la nueva potencia eléctrica?

El cambio de la potencia eléctrica contratada puede tardar entre 15-20 días hábiles. Lo primero que hay que hacer es solicitar este cambio de potencia a la compañía eléctrica con la que tengamos contratada la luz.

La comercializadora contactará con la distribuidora de la zona para que envíe a un técnico a que manipule el ICP, para ajustarlo al término de potencia elegido. Una vez cambiado, se abrirá el nuevo periodo de facturación, en el que se verán reflejados todos los cambios a través del recibo de la luz.

 

¿Cuánto cuesta contratar la potencia?

Contratar la potencia eléctrica de nuestra vivienda tiene un coste, que se efectuará a través de la primera factura de luz que recibamos en nuestro domicilio. Si se trata de un alta de la luz, los derechos que se tienen que pagar íntegramente a la distribuidora son los mismos que para aumentar la potencia:

  • Derecho de extensión: 17.37€/kW + IVA
  • Derecho de acceso: 19.70€/kW + IVA
  • Derecho de enganche: 9.04€/kW + IVA

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